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Diputados abordará el martes el proyecto del Gobierno que suspendió la afiliación a OSER para evitar doble aporte

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Se trata del proyecto de ley del Poder Ejecutivo de la provincia que se publicó el 27 de junio en el Boletín Oficial. Se pide la ratificación del Decreto Nº 1.402 que suspendió parcialmente la afiliación obligatoria a la Obra Social de Entre Ríos (OSER) de los empleados activos y pasivos de la provincia que estén adheridos a obras sociales municipales. Posteriormente, desde la OSER se aclaró que se trató de una “excepción puntual y transitoria” respecto a la mutual de Concepción del Uruguay.

La Cámara de Diputados de la provincia abordará el martes 4 de noviembre el proyecto de ley del Poder ejecutivo que solicitó que se ratifique “en todos sus términos el Decreto Nº 1402/25 del 27 de junio de 2025, dictado por el Poder Ejecutivo Provincial ad referéndum de esta Honorable Legislatura, mediante el cual se suspende por el plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 11.202 (N de la R: la Ley que creó la OSER), la aplicación del régimen de afiliación obligatoria previsto en su artículo 19° respecto de aquellas personas que, a dicha fecha, revistan la calidad de afiliados obligatorios o irrenunciables a Mutuales, Obras Sociales o Direcciones de Servicios Sociales de Municipalidades o Comunas preexistentes”.

El proyecto que abordarán los diputados también dispone que “vencido el plazo establecido en el Decreto ratificado, el Directorio de la Obra Social de Entre Ríos (OSER) podrá en el marco de las competencias atribuidas por el artículo 12°, inciso b), de la Ley N.º 11.202, dictar las disposiciones que resulten necesarias para resolver la situación de los afiliados mencionados”.

El Decreto lleva las firmas del gobernador, Rogelio Frigerio, y del ministro secretario de Salud, Daniel Blanzaco. Cuando se publicó generó confusión y la OSER tuvo que precisar, ante la difusión en portales de noticias de la provincia, que no se trató de una suspensión sino “una excepción puntual y transitoria para aquellos agentes públicos que ya se encuentran aportando a otro régimen mutual, como es el caso de la mencionada Mutual de Concepción del Uruguay”.

En el mismo sentido se añadió que el Decreto, en el primer artículo, refirió a una situación general solo para “… aquellas personas que, a dicha fecha, revistan la calidad de afiliados obligatorios o irrenunciables a Mutuales, Obras Sociales o Direcciones de Servicios Sociales de Municipalidades o Comunas preexistentes, ad referéndum de la Honorable Legislatura de la Provincia y conforme a los considerandos del presente”.

En los fundamentos del proyecto que se abordará el martes en las Comisiones de Salud Pública y de Legislación General se sostuvo que “la medida se adoptó con el objeto de preservar la continuidad en la cobertura prestacional de los grupos mencionados, evitando la interrupción de servicios que pudieran derivarse de la implementación inmediata del nuevo régimen de obra social dispuesto por la Ley Nº 11.202”.

Asimismo, se destacó que se “busca garantizar una transición ordenada y progresiva, en un marco de razonabilidad administrativa e institucional. Por otra parte, el proyecto de ley prevé expresamente que, vencido el plazo de suspensión, el Directorio de la OSER podrá dictar las disposiciones necesarias para resolver la situación de los afiliados comprendidos, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso b), de la Ley Nº 11.202”.

Provinciales

Proponen declarar por ley la emergencia de las Micro y Pequeñas Empresas de Entre Ríos

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La medida se prorrogaría por 12 meses si se mantienen las causas que la originaron. Propone medidas de alivio fiscal transitorias como la suspensión de intereses punitorios y recargos por deudas tributarias provinciales preexistentes; baja o exención temporal de impuestos provinciales específicos para el sector y la suspensión de ejecuciones, entre otras medidas orientadas en el mismo sentido. Los preocupantes números que lo avalan.

Un proyecto de ley que ingresó este viernes a la Cámara de Diputados propone que se declare “la emergencia económica, productiva, fiscal, laboral, financiera y tarifaria de las Micro y Pequeñas Empresas radicadas en la provincia de Entre Ríos”. La iniciática comprenderá “a todas las Micro y Pequeñas Empresas, cuyos titulares, personas humanas o jurídicas, hubieran obtenido el certificado MIPyME según lo establecido por Ley Nacional Nº 27.264 ‘Programa de Recuperación Productiva’ y sus normas complementarias, que desarrollen su actividad económica principal en el territorio de la Provincia de Entre Ríos, y que encuadren dentro de las características conforme Ley Nacional Nº 24.467 Promoción del Crecimiento y Desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas”.

También incluirá a “las cooperativas y fábricas o empresas recuperadas que se encuentren inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes), como así también los agricultores y agricultoras familiares, en forma individual, asociativa o cooperativa, que cumplan con los requisitos de los artículos 5º y 6º de la Ley Nacional Nº 27.118 y sus normas reglamentarias y no superen las 35 personas en su conformación”.

El proyecto, cuya autora en la diputada justicialista, Andrea Zoff, tiene “como objetivo brindar una respuesta inmediata, concreta y de bajo costo fiscal, ejerciendo la potestad de regulación económica provincial, ante la delicada situación que atraviesan miles de Micro y Pequeñas Empresas en la provincia de Entre Ríos, a raíz del contexto macroeconómico nacional e internacional, caracterizado por su elevada volatilidad e incertidumbre”.

Zoff sostuvo que “la declaración de emergencia no es un mero acto formal, sino el reconocimiento técnico de una situación de crisis que habilita la aplicación de instrumentos de política pública excepcionales y focalizados para evitar el colapso de un segmento económico estratégico”.

No es subsidio

La finalidad del proyecto “es garantizar la supervivencia del entramado productivo entrerriano, proteger el empleo, reducir cierres de empresas y evitar una profundización de la recesión económica que agudice la desigualdad territorial y social”. Zoff aclaró que “este no es un proyecto de subsidios generalizados ni de alto impacto fiscal. Es una herramienta legislativa de emergencia, transitoria, selectiva y con una clara orientación al sostenimiento de la capacidad productiva. Está pensada para dar un alivio financiero e impositivo inmediato y construir, junto a los sectores productivos, una estrategia provincial de reactivación con base en el desarrollo endógeno a mediano plazo”.

Datos de la realidad

Zoff citó que “los datos concretos de la realidad, provenientes de fuentes oficiales, validan la necesidad de la intervención estatal de emergencia. Según las principales variables del mercado de trabajo publicadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) para la provincia de Entre Ríos, con foco en la evolución de los/as trabajadores/as registrados/as y empleadores durante los primeros diecinueve meses de la actual gestión nacional, entre noviembre de 2023 y junio de 2025, se desprende un marcado retroceso en los indicadores clave del empleo formal, lo que constituye un indicio de fragilidad económica y productiva”.

Conclusiones que fundamentan la necesidad de la norma

Algunas de las conclusiones que citó Zoff y “demuestran la afectación directa sobre el segmento de menor tamaño, objetivo de esta ley” son  que “entre noviembre de 2023 y junio de 2025, se redujo la cantidad de empleadores en 572 casos”; que “en términos absolutos, ‘Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas’ es el sector más afectado, con una pérdida de 145 empleadores, reflejando la contracción del consumo”; que “en términos relativos, el sector más afectado es el de ‘Servicios artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento’, que ha registrado una pérdida del 15,4% en el total de empleadores”.

También destacó que “en el mismo período, se perdieron 11.334 puestos de trabajo registrados en unidades productivas (-4,0%)”; que “en términos relativos, el sector más afectado también es ‘Administración pública, defensa y seguridad social obligatoria (-37,1%)”; que “si se analiza la reducción de casos de empleadores, se observa que los principales afectados, en estos primeros diecinueve meses de la gestión de Milei, son las empresas de hasta 500 trabajadores/as: 99,7% del total de los casos (570 empresas menos)”.

Núcleo central del tejido productivo y del empleo en Entre Ríos

La diputada precisó que “las MiPyMEs constituyen el núcleo central del tejido productivo y del empleo en Entre Ríos, generan empleo privado formal y son actores fundamentales en las economías regionales, en la generación de valor agregado local y la diversificación de la matriz productiva, siendo un factor clave en la fijación de población y el equilibrio territorial. La vulnerabilidad estructural de las microempresas (de menor escala y capacidad de acceso a financiamiento) las convierte en el segmento más sensible a los shocks externos e internos”.

No obstante aquella importancia, Zoff sostuvo que “en el último año estas empresas han enfrentado una combinación crítica de factores adversos que inciden negativamente sobre sus costos operativos, la liquidez y la rentabilidad: Caída de la demanda interna y el consumo, evidenciada en la contracción de los índices de ventas minoristas; altas tasas de interés que configuran un escenario de restricción crediticia severa y limitan el acceso al crédito productivo; aumento de los costos fijos, especialmente en servicios públicos y alquileres, afectando directamente el capital de trabajo”.

Además de “presión tributaria y dificultades operativas y financieras para cumplir con obligaciones fiscales; incertidumbre cambiaria y restricciones en la operatoria de comercio exterior que dificultan la previsibilidad en la cadena de aprovisionamiento de insumos”, lo que consideró un “escenario (que) ha generado un creciente riesgo de discontinuidad operativa, descapitalización, pérdida de puestos de trabajo de calidad y deterioro de la competitividad local. La situación exige una reacción ágil, focalizada y contracíclica del Estado provincial, en el marco de su función de fomento y ordenamiento económico, en coordinación con los sectores, público y privado, que permita contener el impacto inmediato y sentar las bases para la resiliencia y recuperación productiva. Es en este punto donde la responsabilidad ineludible del Estado provincial se manifiesta como garante de la estabilidad económica mínima y protector del entramado productivo local”.

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