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El consumo masivo sigue en picada: Las ventas en supermercados cayeron 8% en febrero y la tendencia sigue en marzo

Los consumidores se vuelcan a productos sustitutos más baratos y que rinden más que otros.

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Los consumidores se vuelcan a productos sustitutos más baratos y que rinden más que otros. Las compras son cada vez más frecuentes y con tickets más pequeños.

El consumo masivo continúa en franca caída por el impacto de la pérdida del poder adquisitivo de los ingresos profundizada en los últimos meses, en medio de la disputa que inició el ministro de Economía, Luis Caputo, por las promociones y la mayor flexibilidad para importar productos de la canasta básica.

Los supermercados tuvieron en febrero una caída de sus ventas en unidades que rondó el 8,3% en comparación con el mismo mes del año pasado. La semana que va del 4 al 10 de marzo mostró un retroceso del 9% interanual. La mayor afluencia de artículos importados tardarán como mínimo entre uno y dos meses en notarse en las góndolas.

La información surge de datos preliminares de la consultora Scentia, además de consultas que realizó este medio en el sector del supermercadismo. En enero la caída de ventas había sido del 8,3% interanual. Las comercializadoras y las empresas productoras de consumo masivo esperan que esa tendencia se mantenga al menos hasta mitad de año.

Las fuentes señalaron una tendencia que comenzó a profundizarse en los últimos meses: los consumidores van en busca de productos sustitutos más baratos o que rinden más que otros. “Creció considerablemente la venta de leche en polvo. La gente compra menos postrecitos lácteos y más mantecas, menos snacks y más tomates en puré, cayó el atún y creció la caballa, el desodorante de ambiente se vende menos”, detallaron.

Esto se suma a otros cambios de hábitos que habían comenzado hace tiempo pero que crecieron tras el impacto de la devaluación que aplicó el Gobierno de Javier Milei en diciembre pasado. El encarecimiento de los productos locales en dólares hizo que comprar en las ciudades de frontera dejara de ser más conveniente para los extranjeros. Además, hay una mayor frecuencia de compra y una menor cantidad de unidades por ticket, con el objetivo de cuidar más “el bolsillo” cada vez que van al supermercado.

En este contexto, el Gobierno acelera la mayor flexibilización de las importaciones para productos de la canasta básica. El viernes el Banco Central publicó la comunicación que permite a los importadores de estos ítems a pagar en 30 días de plazo. Este lunes la Afip suspendió por 20 días corridos la percepción de Impuestos a las Ganancias y del IVA, medida que va en ese mismo sentido.

Los supermercados consideran que la mayor afluencia de productos importados se notará en las góndolas dentro de un plazo de uno o dos meses, por cuestiones de negocio y logística. La mayor cantidad de mercaderías, deslizaron, podrían venir desde Brasil por su cercanía y escala de producción.

En paralelo, Caputo apuesta a que las empresas dejen de lado las promociones “2×1″ o “3×2″ y bajen los precios en sus listas. Una discusión más de nivel que de variación de precios. El funcionario aseguró en las reuniones que mantuvo durante las últimas semanas con supermercados y empresas de consumo masivo que no habrá una devaluación brusca en el tipo de cambio oficial.

La expectativa de que se mantenga el ritmo de avance del 2% mensual en el dólar oficial es clave para que los precios no se recalienten y el Gobierno pueda sostener la desaceleración de la inflación desde el 25,5% de diciembre pasado, cuando hubo un salto del 118 por ciento. El descenso llegó hasta el 13,2% en febrero pero marzo augura la posibilidad de que la recha se termine por la estacionalidad propia del mes.

De todos modos, las compañías productoras ahora no solo tienen en cuenta el proceso de cobertura sino a qué precios pueden vender sus productos en un contexto de fuerte caída del consumo. Los empresarios esperan que la merma se sienta al menos hasta junio y apuestan a un segundo semestre de “repunte”. Pero saben que la clave será lo que suceda con el programa macroeconómico del Gobierno y la capacidad de compra de los consumidores.

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La Justicia equiparó un mensaje de WhatsApp a un telegrama laboral o una carta documento

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Un juzgado laboral de Corrientes determinó que un contrato se extinguió el día en que el trabajador recibió un mensaje de WhatsApp de su empleador. El fallo reconoce la validez de la aplicación como medio formal de notificación de despido. Detalles de la resolución.

La Justicia laboral de Corrientes dictó un fallo inédito que marca un precedente en materia de derecho laboral y comunicación digital. El Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral N° II de esa provincia resolvió que un mensaje de WhatsApp tiene la misma validez jurídica que un telegrama o una carta documento al momento de notificar la extinción de una relación laboral.

El caso, caratulado “Olivera Mansilla Santiago Eliel c/ Cabral Guillermo Hernán y otro”, fue difundido por Noticias Argentinas y el portal especializado Microjuris (Cita: MJ-JU-M-157493-AR). La sentencia determinó que la fecha efectiva de finalización del vínculo laboral fue el día en que el empleado recibió el mensaje enviado por su empleador, reconociendo la plataforma de mensajería como un medio válido de notificación.

El mensaje que definió el despido

El trabajador, Santiago Olivera Mansilla, se desempeñaba en el local “Raíz Natural Store”. Según la causa, el 25 de agosto de 2022 recibió un mensaje de su empleador, Cristian Alexis Flores, que decía: “Hola Santos, soy Cristian de Raíz. Estoy al tanto de tu desempeño; lamentablemente no estamos cómodos trabajando así. Vamos a prescindir de tu servicio”.

Si bien el empleador negó la relación laboral, el tribunal la dio por probada mediante declaraciones testimoniales y una pericia informática que certificó la autenticidad y procedencia del mensaje. En su resolución, el juez sostuvo que “la relación quedó extinguida con la recepción por parte del actor del mensaje de WhatsApp”, descartando que la fecha posterior de envío de telegramas tuviera validez.

Despido sin causa justificada

No obstante, la sentencia también determinó que la comunicación fue “sin justa causa”, ya que el motivo expresado —“no estamos cómodos trabajando así”— fue considerado “genérico e impreciso”. El magistrado recordó que la legislación laboral argentina exige que la notificación de despido contenga “una expresión suficientemente clara de los motivos” que originan la decisión.

En ese sentido, el fallo subrayó que la falta de especificidad en el mensaje impide al trabajador ejercer su derecho de defensa y que dicha omisión “no puede ser suplida a través de la actividad probatoria”. Por esa razón, el tribunal condenó al empleador al pago de las indemnizaciones correspondientes por despido injustificado.

Precedente

La resolución sienta un precedente en torno a la utilización de medios digitales en el ámbito laboral, especialmente en un contexto en el que las comunicaciones por aplicaciones de mensajería instantánea se volvieron habituales en el entorno profesional.

Según los especialistas, el fallo de Corrientes refuerza la necesidad de revisar los procedimientos legales vinculados a la comunicación entre empleadores y trabajadores, y plantea el desafío de adaptar las normas tradicionales a los nuevos canales tecnológicos.

De este modo, la Justicia argentina incorporó formalmente el uso de WhatsApp como un medio válido de notificación, siempre que se acredite su autenticidad y se garantice el derecho de defensa de las partes involucradas. 

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