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El Gobierno eliminará más de 120.000 pensiones: Quiénes serán los afectados y cuáles son los criterios

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La Agencia Nacional de Discapacidad llevará adelante un control sobre las asignaciones por incapacidad, lo que podría afectar a miles de personas que no cumplen con todos los requisitos.

El Gobierno Nacional decidió llevar a cabo un exhaustivo proceso de auditoría sobre las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral, lo que resultará en la eliminación de entre 120.000 y 160.000 de estos beneficios en los próximos meses. Este ajuste responde a la detección de irregularidades en la concesión de las pensiones, con el objetivo de asegurar que solo quienes realmente lo necesiten sigan recibiendo este apoyo del Estado.

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), en conjunto con la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas, inició la auditoría de aproximadamente 400.000 beneficiarios de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral. Estas auditorías se centraron inicialmente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para luego extenderse a la provincia de Buenos Aires y otras regiones del país.

Según estimaciones de la ANDIS, entre el 30% y el 40% de los casos auditados podrían resultar en la suspensión de los haberes otorgados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Esto significa que entre 120.000 y 160.000 personas podrían perder este beneficio, que representa el 70% del valor de la jubilación mínima en Argentina.

Criterios de suspensión

Las decisiones de suspensión se basan en la identificación de irregularidades en el otorgamiento de estas pensiones durante las gestiones anteriores. Una revisión inicial de 2.559 casos reveló que solo el 7% cumplía con los requisitos legales para recibir la pensión, lo que motivó la intensificación de las auditorías. Entre las irregularidades detectadas, se incluyen la presentación de documentación médica falsificada, el uso de una misma radiografía en múltiples expedientes, y casos en los que se concedieron pensiones a personas que no cumplían con las condiciones de invalidez laboral.

Además, se identificaron incompatibilidades significativas en alrededor del 35% de las pensiones otorgadas. Estas incompatibilidades se refieren principalmente a la posesión de bienes no declaradosempleo formal, y condiciones médicas que no justifican la invalidez laboral.

Quiénes serán los afectados

Las personas más afectadas por esta medida serán aquellos que actualmente reciben una Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral sin cumplir con los criterios establecidos por la normativa vigente. Este tipo de pensión está destinada a personas que, debido a problemas de salud o situaciones de vulnerabilidad social, no pueden trabajar y carecen de otros ingresos. Es importante destacar que estas pensiones son incompatibles con otros beneficios del Estado, como la Asignación Universal por Hijo o la Asignación por Embarazo.

Los principales afectados incluyen a aquellos beneficiarios cuyas condiciones de salud no justifican la pensión, quienes poseen bienes significativos (como vehículos, propiedades, o incluso aviones y embarcaciones) o quienes cuentan con un empleo formal. También se encuentran bajo revisión aquellos casos en los que la documentación presentada para justificar la discapacidad es sospechosa o claramente fraudulenta, como lo demuestran las radiografías de animales que fueron usadas para obtener pensiones.

Montos y requisitos para acceder a las pensiones

Para solicitar una Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral, es necesario cumplir con ciertos requisitos:

-no recibir otros ingresos del Estado

-no tener empleo formal

-contar con ingresos insuficientes

-ser ciudadano argentino o residente con más de 10 años de antigüedad en el país

-no estar privado de libertad en un establecimiento penitenciario

El monto de esta pensión equivale al 70% de la jubilación mínima. En agosto de 2024, este valor era de $157.878, con un aumento previsto a $164.240 en septiembre, tras un incremento del 4,03% en las jubilaciones.

Proceso de revisión y consecuencias legales

El proceso de auditoría, que ya comenzó en la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires, se extenderá a otras regiones del país en los próximos meses. En paralelo a estas auditorías, se iniciaron denuncias penales para investigar y sancionar a los responsables de las irregularidades detectadas. La Agencia Nacional de Discapacidad, en coordinación con el Ministerio de Salud y la justicia, busca no solo depurar el sistema de pensiones sino también responsabilizar a quienes participaron en la gestión indebida de estos recursos.

El Director de la ANDIS, Diego Spagnuolo, ha destacado que estas auditorías no buscan perjudicar a quienes realmente necesitan el beneficio, sino eliminar aquellos casos en los que la pensión fue otorgada de manera fraudulenta. Según Spagnuolo, el objetivo es restaurar la transparencia en el sistema y asegurar que los recursos del Estado se destinen a quienes realmente lo requieren.

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Diputados buscan acuerdos para derogar el DNU que permite a las Fuerzas Armadas intervenir en seguridad interior

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La iniciativa de Luis Petri no avanzó en comisiones, así que el Presidente la aplicó por decreto. Al menos cuatro bloques expresaron su disconformidad.

No es la primera vez: cuando el Gobierno nacional no alcanzó los acuerdos legislativos para concretar un proyecto, decidió avanzar por la vía del decreto. Es lo que ocurrió el pasado 20 de diciembre, cuando se publicó en el Boletín Oficial el DNU 1112/2024 que habilita a las Fuerzas Armadas (FFAA) a ejercer tareas de seguridad interior, iniciativa que intentó aprobar en Diputados sin éxito el ministro Luis Petri.

El decreto, que lleva la firma del propio Petri junto a la de Javier Milei y Guillermo Francos, establece la normativa para la operatoria de las FFAA en “tiempos de paz” sin necesidad de determinar el estado de sitio, e incluye la “protección de objetivos de valor estratégico, susceptibles de amenazas o agresiones de origen externo” y la posibilidad de “proceder a la aprehensión transitoria de personas”. Sus gestiones, que deberán tener coordinación entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Seguridad, serán refrendadas además por el “Comando de Operaciones Conjuntas”, cuyo titular es electo por el Presidente de la Nación.

En agosto del 2024, un proyecto de similares características fue presentado por el Ejecutivo nacional y defendido por Petri en las comisiones de Diputados. “Las FFAA son verticales, no trabajan por consenso: se tienen que subordinar a la ley y a la Constitución principalmente”, aseguró en ese momento, ante las internas existentes en las fuerzas, y aseguró que los efectivos recibirían “un procedimiento, una preparación y una capacitación” para que “no intervengan con los ojos vendados ni la Constitución apagada”.

La iniciativa que pretendía la reforma de la ley 24.059 de Seguridad Interior fue siendo desplazada de las prioridades del oficialismo ante el desacuerdo de los diputados y los invitados al debate en comisiones. Ese fue el caso de Juan Martín Paleo, graduado del Colegio Militar en 1983 y jefe de las FFAA en el período 2020-2024, quien consideró que “el proyecto de ley es innecesario, porque con el marco actual vigente las Fuerzas Armadas pueden ser empleadas, previa declaración del estado de sitio”. Además pidió prudencia, porque si no “vamos a soltar al Rottweiler”. 

Diputados buscan derogar el DNU 1112/2024

Días después de la sanción del DNU 1112/2024, miembros de distintos bloques legislativos expresaron su intención de derogar el decreto presidencial, para lo que se requiere una mayoría en ambas Cámaras. Incluso hubo dos presentaciones formales para tratar su eliminación en el recinto: una de los santafesinos Mónica Fein y Esteban Paulón (Encuentro Federal) y otra de la porteña Vanina Biasi (FIT).

Paulón opinó que el decreto “excede las competencias del Poder Ejecutivo; esos son temas que deben ser tratados por el Congreso, si hubiera voluntad de modificar la Ley de Seguridad del Interior. El Gobierno evita el debate porque sabe que las propias FFAA no están de acuerdo con intervenir en estos temas”. Luego indicó que las FFAA “no tienen equipamiento ni se capacitan para entrar en contacto directo con tareas de defensa interior y eso abre un riesgo innecesario” y pidió “capacitar mejor a la Policía Federal, Prefectura y Gendarmería”, publicó Ámbito.

“El combo represivo de los decretos 1107 y 1112 abre paso a que las FFAA y el ejército intervengan en la represión interna”, consideró por su parte Biasi en redes sociales y opinó que la definición “podría aplicarse para militarizar, desalojar y reprimir con el Ejército ocupaciones de fábricas o lugares de trabajo”. “Estos decretos, que violan la ley de Seguridad Interior, también legalizan la posibilidad de dictar un estado de sitio sin pasar por el Congreso”, agregó.

Por su parte, el formoseño Fernando Carbajal (Democracia Para Siempre) señaló para Ámbito que “este decreto se corresponde con una actitud extremadamente peligrosa en cualquier contexto y más aún para un gobierno que ha definido como terrorista a cualquier protesta social o a cualquier reclamo que se realizara alrededor del Congreso. “Lo hacen al margen de la ley porque lo cierto es que están forzando la interpretación y la aplicación de las leyes a un extremo que resulta incompatible con la Constitución Nacional”, analizó.

En esa misma línea se posicionó el santafesino Eduardo Toniolli (Unión por la Patria), quien criticó que los decretos “desvían a nuestras Fuerzas Armadas de su misión principal, la defensa nacional, para que cumplan tareas propias de las policías provinciales y las fuerzas de seguridad federales”. Luego, enumeró en sus redes sociales: “Degradación y desprofesionalización, incumplimiento de la jerarquización salarial, subejecución presupuestaria, liquidación del FONDEF y de la industria para la defensa: la política de defensa de Milei es una consecuencia lógica de su alineamiento servil en materia internacional”. 

DNU 1112: Los puntos más importantes

Dentro del decreto publicado el 20 de diciembre del 2024, se establece que las FFAA “son el componente esencial del Sistema de Defensa Nacional” y que “su accionar, en forma disuasiva ante amenazas, o efectiva contra agresiones, será dispuesto en función del origen externo de dichas amenazas o agresiones, con independencia del lugar de ocurrencia”.

Es entonces que definen lo que se considerará como “amenaza”: “Todas las acciones o los mensajes explícitos que llevan a cabo eventuales oponentes que, teniendo la capacidad, muestran la intención o dan indicios de la probable concreción de perjuicios en contra de los intereses vitales de la Nación”. En cuanto a las “agresiones”, se establecen parámetros más concretos: “Ejecución y consumación de un conflicto armado o guerra, que provengan de Fuerzas Armadas u organismos paraestatales extranjeros, de organizaciones terroristas u otras organizaciones transnacionales”.

Asimismo se plantea que “las operaciones que requieran la cooperación y complementación de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad serán coordinadas por el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Seguridad” y que su rango de acción alcanzan “los espacios terrestres, marítimos, fluviales, aeroespacial y ciberespacial y en el ámbito del espectro electromagnético soberano y de interés nacional”. De esta manera, se insinúa la posibilidad de que los encargados de las tareas de inteligencia de las FFAA funciones en cooperación con los efectivos policiales.

Por su parte, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las FFAA “será responsable del empleo de los medios que le sean asignados en tiempo de paz, para lo cual ejercerá el control funcional, con autoridad para impartir órdenes” y las Fuerzas “se proporcionarán su propia seguridad y protección, repeliendo las agresiones”. El decreto recalca el rol de “complementación” que ocuparían, aunque esto trasciende la esfera internacional y las fronteras: en caso de que así lo definan los ministros y el referente de las FFAA, se podrán intervenir en urbes durante plazos de tiempo indefinidos.

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