Provinciales
La queja de Smaldone en la causa Coimas ya tiene juez
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hace 4 mesesel

El vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná Santiago Nicolás Brugo tendrá a su cargo resolver la queja presentada por el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, contra la resolución del juez de Garantías Julián Vergara que le denegó la apelación en la causa Coimas y de ese modo dejó firme el rechazo a la petición de sobreseimiento en una investigación penal en la que están imputados también el exgobernador Sergio Urribarri y el empresario Diego Armando Cardona Herreros.
Smaldone rechazó la resolución adoiptada por el juez de Garantías Julián Vergara que resolvió «declarar improcedente el recurso de apelación interpuesto por (…) Guillermo Smaldone en ejercicio de su propia defensa (…) contra la resolución dictada oralmente en la audiencia del día 05 de junio de 2025”. Mediante la queja el exfuncionario del urribarrismo pidió que se conceda la apelación “y oportunamente, se haga lugar, revocando aquella resolución del 5/6/2025”.
“La resolución recurrida sostiene que la denegatoria del sobreseimiento y la admisión de la prueba no causan ´gravamen irreparable´ y, por lo tanto, no son apelables. Sin embargo, esta interpretación restrictiva del ´gravamen irreparable´ desnaturaliza la garantía del debido proceso y el derecho de defensa en juicio”, planteó Smaldone.
El exfuncionario, que ejerce su propia defensa en la causa Coimas, sostuvo en su escrito: “La denegatoria del recurso de apelación por parte del Juez de Garantías, en los aspectos mencionados, constituye un caso de denegación de justicia que habilita la vía de la queja. Las decisiones impugnadas causan un gravamen irreparable al impedir el ejercicio pleno del derecho de defensa, al avalar la continuidad de un proceso viciado en su origen probatorio y al conculcar garantías constitucionales de fundamental importancia”.
Y agregó: “La limitación de la apelabilidad a los casos expresamente previstos o a aquellos que no causen un ´gravamen irreparable´ ha sido interpretada de forma excesivamente restrictiva, contrariando la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos 298:408) y los principios de los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional.
“La excepcional admisión del recurso de apelación únicamente para el rechazo de prueba ofrecida por la defensa, y la denegación para el resto de los agravios, es una decisión incongruente que fragmenta la posibilidad de revisión y consolida un proceso con graves vicios que comprometen su validez desde la etapa intermedia”, razonó Smaldone.
La resolución recurrida
El juez de Garantías Julián Vergara rechazó el pedido de sobreseimiento formulado por el exgobernador Sergio Urribarri y el empresario Diego Armando Cardona Herreros, y también Smaldone, en la causa que investiga supuesto cobro de coimas durante el urribarrismo, investigación remitada a juicio el último jueves 5 del actual y en la que el extitular del Poder Ejecutivo tiene pedido de condena a 10 años de cárcel.
En la resolución, el magistrado planteó que “no resulta procedente el recurso de apelación interpuesto por los señores defensores de los encartados Sergio D. Urribarri, Diego A. Cardona Herreros, Miguel A. Ulrich, Carlos M. Haidar, Luis A. Erbes y Guillermo Smaldone contra la resolución que le denegó el sobreseimiento puesto que esta no se encuentra incluida dentro de los supuestos expresamente previstos por el ritual para la procedencia del recurso ni se encuentra dentro decisiones que se declaran apelables”.
El juez recordó que la ley “habilita el recurso de apelación pero respecto del sobreseimiento ´concedido´ y ´no el denegado´. Dicha postura fue la adoptada por la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay en los autos ´Cuesta, Hugo Tomás s/ Abuso de Autoridad ´ (…), en donde se dijo: ´En esa faena, con la simple lectura del artículo 399 del CPP queda claro que sólo resulta apelable por parte del fiscal y el querellante la resolución que dicta el sobreseimiento, en tanto el imputado podría apelar cuando no se hubiera observado el orden que establece el artículo 397 o se le hubiere impuesto al sobreseído una medida de seguridad o no se hubiere aclarado, ante su dictado, de que el proceso no afecta el buen nombre y honor’ del sospechado”.
Vergara sostuvo que “el Código Procesal local establece de modo enfático que la denegatoria del pedido de sobreseimiento no es apelable”. Por otra parte, “tampoco resulta apelable el dictado de la resolución que deniega el sobreseimiento dado que ella no causa un gravamen irreparable puesto que la decisión de que el imputado siga sometido a la investigación forma parte de la garantía constitucional de juicio previo”.
Los defensores también apelaron la resolución dictada el 5 de junio al considerar que dicha decisión les causa un «gravamen irreparable» al no hacerse lugar a la nulidad y exclusión de la evidencia obtenida por el Ministerio Público Fiscal ya que, según su criterio, la agregación al legajo lo fue en violación a las leyes, especialmente, cuestionan la admisión de la prueba digital y/o electrónica y la incorporación de testimoniales claramente condicionadas, ambas ofrecidas por Fiscalía.
“En este sentido –dijo el juez-, adelanto que el recurso de apelación también debe rechazarse por inadmisible en atención a que lo resuelto en fecha 05/06/25 y admitir como válida la evidencia probatoria ofrecida por el Ministerio Público Fiscal y fuera cuestionada por los señores defensores no causa gravamen irreparable que habilite la admisión del recurso de apelación”.
En cambio, el juez sí hizo lugar a un recurso de apelación interpuesto por el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, que ejerce su propia defensa, que puso en crisis la resolución de Vergara que dispuso no admitir una serie de evidencias probatorias propuestas por el mencionado letrado en ejercicio de su defensa propia ya sea en el escrito de contestación ( oposición ) del requerimiento fiscal de elevación a juicio”.
Qué se investiga
La causa investiga el supuesto pago de coimas por parte del empresario Diego Armando Cardona Herreros, dueño de Relevamientos Catastrales SA, a funcionarios del gobierno de Urribarri.
En un audiencia que se realizó en marzo de 2024, los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano expusieron cuánto se pagó en dádivas por cada contratación entre el Estado entrerriano y las empresas que manejaba Diego Cardona Herreros.
Los cálculos son en base a un informe contable elaborado en el marco de la investigación que quieren ventilar en un juicio oral. A continuación, se transcriben parte de los «PLM» registrados en la causa, referente a cada licitación. Cabe recordar que con esa sigla quedaron asentadas las coimas en planillas, documentación y correos electrónicos, según la profusa evidencia analizada por los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF).
Licitación 1/08, la primera. Se pagó un PLM total por $3.062.000 (tres millones sesenta y dos mil pesos). En este caso, esta suma está distribuida de la siguiente manera:
36,47% para SDU (NdR: se advierte que las siglas corresponden al exgobernador Sergio Daniel Urribarri) lo que arroja una suma total de $1.000.007 (un millón siete pesos)
36,47% para equipo, que arroja la misma suma. Como equipo identificamos a quienes eran empresarios de Relevamientos Catastrales.
5,46% para JGLapo, iniciales con las cuales identificamos a José Gervasio Laporte que arroja un total de $149.713.
7,29% a una persona que no identificamos.
7% para Zurdo Ruso (NdR: en distintos pasajes de la investigación, las menciones “Ruso” hacen referencia a Luis Alfonso Erbes), que arrojó $141.940
Además del cálculo de estos pagos, había un PLM fijo de $280.000 “destinados al jefe”. “Según la evidencia que tenemos así se lo sindicaba a Urribarri y un porcentaje adicional de $40.000 otorgados por instrucciones del señor Cardona Herreros”, plasmó Yedro.
Ampliación de la Licitación 1/08: se pagó un PLM total de $1.038.000 y se distribuyó del siguiente modo:
$30.000 mensuales para Lemon que sumó $240.000.
$106.000 mensuales PLM Entre Ríos arrojando un total de $848.000
“En el marco de la contratación directa de aquella continuidad de la 1/08, el PLM ascendió a $800.000, $30.000 mensuales destinados a Entre Ríos, $50.000 mensuales para Lemon distribuidos entre tres miembros de la sociedad (Alfonso Campitelli, Diego Cardona Herreros y Jorge Zanabone) que hacen un total de $500.000 distribuidos entre los tres integrantes”, leyó la fiscal este jueves.
Y agregó: “La Licitación 48/11 arrojó un PLM total de $3.762.000 distribuidos así:
$7000 PLM uno
$7000 al Ruso que dio un total de $252.000
PLM dos $50.000 que arroja $1.800.000
PLM tres $10.000 para la Casa de Entre Ríos lo que arrojó $360.000
“En este PLM hubo una distribución interna entre los integrantes de la sociedad y cada uno cobró $180.000. Hubo otra distribución interna de $45.000 para Cardona Herreros, Campitelli y Zanabone, lo que arrojó un total de $270.000 para cada uno”, acotó la fiscal.
Licitación 84/13 del Ministerio de Trabajo tuvo un PLM total de $6.876.000. La distribución fue entre:
Guillermo Smaldone $50.000 y en total $1.800.000
MU (identificado como Mauro Urribarri) $40.000 y un total de $1.440.000
DAC $40.000 que arrojó $1.440.00
Ruso $20.000 y arrojó un total de $720.000
Turco (en referencia a Carlos Haidar) $5.000 que arrojó un total de $180.000
También hubo distribución interna.
Licitación 2/15 arrojó un PLM total de $1.836.000
Ruso $7000 arrojó un total de $126.000
Equipo $40.000. “La estimación contable va entre $540.000 y 720.000. la distribución fue reducida por lo cual los PLM dos y tres pudieron haberse visto reducidos”, dijo la fiscal.
Miguel Ulrich $5.000 mensuales que arrojaron un total de $90.000
Y una distribución entre Cardona Herreros y Campitelli de $15.000 lo cual arrojó $270.000 para cada uno.
“Estos PLM refieren concretamente a las licitaciones pero también se corroboraron otros conceptos registrados como PLM Entre Ríos”, diferenció la fiscal.
“Cada vez que se efectuaba el pago de la provincia, se ponían en marcha los PLM”
Así lo subrayó la fiscal Yedro. “Esa era la mecánica, cada vez que se efectuaba el pago de la provincia por una contratación, se ponía en marcha este sistema de distribución de PLM para funcionarios y empresarios”.
En la investigación desarrollada, los fiscales consiguieron reconstruir la ruta, los montos y los beneficiarios de los mismos, en base a las comunicaciones internas y los asientos contables. Las operatorias variaron: se libraron cheques a nombre de empresas asociadas que se registraron como “pagos de contraprestaciones ficticias o servicios simulados, facturados por terceras empresas a Relevamientos Catastrales”, también hubo dinero en efectivo, y las empresas compraron objetos y servicios para funcionarios políticos o familiares de los mismos.
“No solo tomamos en consideración mensajes de correos, anotaciones y registros hallados sino también se cotejó con asientos contables, expedientes de cada licitación, expedientes de pago. A través de la documentación que Fiscalía se ocupó de recabar, la mecánica quedó plasmada ahí”, manifestó Yedro.
La fiscal manifestó que el dinero destinado al exgobernador “era almacenado en las oficinas de Cardona”. “También se hicieron depósitos bancarios para otros funcionarios. Esto surgió de las entrevistas con las secretarias de Cardona Herreros y otros testigos”.
Pasajes, objetos y un vínculo estrecho
La fiscal mencionó la compra de pasajes aéreos para la familia Urribarri y Smaldone por parte de las empresas que conducía Cardona Herreros u otras asociadas, también la adquisición de alfombras que se entregaron en un departamento de calle Lafinur de Capital Federal (uno de los domicilios del exgobernador) y que recibió Ana Lía Aguilera, esposa de Urribarri. Las alfombras no fueron el único objeto, Relevamientos Catastrales compró una heladera y una cinta para correr que fueron entregados en el mismo domicilio de Capital Federal y que recibió la esposa del exgobernador.
Las contrataciones del Estado provincial a las empresas, la huella de los sobreprecios y las coimas, la compra de objetos costosos y pasajes aéreos desde las empresas a los funcionarios políticos y familiares. Todo queda enmarcado en el estrechísimo vínculo amistoso entre Urribarri y Cardona Herreros.
Esa relación queda expuesta a partir de cientos de mensajes telefónicos y conversaciones entre los dos principales imputados en la investigación. “Sabido es que el exgobernador usaba líneas registradas a nombres de tercero para comunicarse con algunas personas. Por ejemplo, solía usar utilizar una línea a nombre de Rubén Ángel Martínez”, apuntó la fiscal.
A continuación se publican varios de los mensajes registrados en la causa.



El Ministerio Público Fiscal, con la firma de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano, remitieron a juicio la causa con un adelanto de la penas que solicitarán durante la realización de las audiencias orales y públicas.
José Humberto Flores, la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $90.000.
Sergio Daniel Urribarri: la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $540.000, comprensiva de los seis hechos imputados, en concurso real.
Diego Armando Cardona Herreros, la pena de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de$540.000, comprensiva de los seis hechos imputados, en concurso real.
Al exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, la pena de 5 años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua, multa de $90.000.
Carlos Marcelo Haidar, la pena de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $540.000, comprensiva de los seis hechos imputados, en concurso real.
Luis Alfonso Erbes, a la pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación especial perpetua, multa de $360.000 comprensiva de los cuatro hechos imputados, en concurso real.
Miguel Ángel Ulrich la pena de 4 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $360.000, comprensiva de los cuatro hechos imputados, en concurso real.
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Publicado
hace 10 horasel
11 de octubre de 2025
La pérdida acelerada de popularidad es impulsada por la crisis económica y los escándalos de corrupción. Mediciones indican que la imagen positiva del mandatario en Entre Ríos cayó 8 puntos en los últimos dos meses, arrastrando a la alianza provincial de Rogelio Frigerio a un incierto panorama electoral. El licenciado, sociólogo y politólogo, Nahuel Baridón, brindó detalles de los números que maneja de cara a octubre.
Baridón describió la situación actual como bastante atípica, dada la llegada de Milei a la presidencia sin partido político ni estructura, un hecho inédito en la historia argentina reciente.
“Este ascenso fue meteórico en solo dos años se explica, en gran parte, por la enorme decepción generada por las gestiones previas de Mauricio Macri y Alberto Fernández”, indicó.
Sin embargo, Baridón advierte que con la misma rapidez con la que Milei llegó al poder, está perdiendo popularidad y votos. Esta caída abrupta se debe a una seguidilla de golpes que el Gobierno Nacional no ha podido manejar, incluyendo las causas de discapacidad (Andis) y los audios que involucran a la hermana del presidente (Karina Milei), sumados a los resultados electorales de la Provincia de Buenos Aires y el caso de corrupción de José Luis Espert.
El factor decisivo, no obstante, es la economía. Baridón sostiene que la incidencia será muy importante y negativa para el Gobierno Nacional, ya que no hay indicadores económicos positivos en lo social. La gente padece un aumento drástico de la canasta básica, alquileres y nafta, y el ciudadano de a pie se preocupa por si el dinero le alcanza hasta fin de mes o para comprar medicamentos. “Son cuestiones de la diaria lo que preocupa a los ciudadanos”, dijo.
Un dato crucial de su análisis es la pérdida del carácter policlasista del voto de Milei. Mientras que en 2023 lo votaban de todas las edades y sectores sociales, en la provincia de Buenos Aires el apoyo se limitó a la clase media alta, mientras que los sectores más humildes y trabajadores, que son los que más sufren, ya se alejaron.
En el contexto de la provincia de Entre Ríos, Baridón compartió datos de encuestas que muestran una caída de imagen de 8 puntos del Presidente en los últimos dos meses, situándose actualmente en un 29% de imagen positiva. Este escenario se caracteriza por una total paridad electoral y un alto nivel de indecisos (cercano al 25%), publicó Debate Abierto.
El politólogo sugiere que la mayoría de estos indecisos son votantes tradicionalmente no peronistas que apoyaron a Milei y que ahora están desorientados.
Respecto a la alianza provincial (ALLA), Baridón recordó que el gobernador Rogelio Frigerio selló su acuerdo con La Libertad Avanza en un momento en que el gobierno nacional estaba muy bien. Sin embargo, la posterior caída de Milei ha arrastrado todo, cambiando el pronóstico de una ventaja de 15 puntos a un panorama de paridad en muy poco tiempo.
APF


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