Connect with us

Provinciales

No prosperó el desalojo del ex Asilo San Antonio, de Paraná

La Justicia demora el pedido de desalojo que un particular reclamó por el ex Asilo San Antonio, en Italia y Paraguay de Paraná.

Publicado

el

La Justicia demora el pedido de desalojo que un particular reclamó a la Iglesia de Paraná del edificio que ocupó el ex Asilo San Antonio, en Italia y Paraguay, contiguo a la parroquia Nuestra Señora de la Piedad, y que desde hace un año generó un pleito que todavía no termina.

El 21 de diciembre de 2023, la Sala III de la Cámara Civil y Comercial de Paraná, con la firma de los jueces Andrés Manuel Marfil y María Valentina Ramírez Amable, no hizo hacer lugar al recurso de queja por apelación denegado presentado por el médico odontólogo Jorge Claudio Sapetti, titular del inmueble, y de ese modo dejó la situación en compás de espera.

Sapetti, que insta a que la Iglesia desaloje la propiedad que ocupa parcialmente la parroquia Nuestra Señora de la Piedad, había acudido con un planteo ante la titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Grabriela Rosana Sione, quien había resuelto aguardar una respuesta a un oficio enviado al Juzgado Nacional de Primera Instancia N°42.

La decisión de Sione fue adoptada el 9 de octubre, pero al ser recurrida por Sapetti la magistrada decidió rechazar la apelación el 18 de ese mes, y por lo tanto las actuaciones llegaron a la Sala III de la Cámara Civil y Comercial.El caso estalló en el invierno de 2022. El domingo 31 de julio, durante la misa de la mañana en el Templo a Jesús misericordioso, se escuchó un sermón que salió de sus cánones habituales. »Lo que voy a decir ahora puede golpear, y lo que voy a decir ahora reclama oración a todos».Poco después de las 8 de ese domingo, Mario Haller, párroco de Nuestra Señora de la Piedad, ocupó su tiempo en la misa en el Templo a Jesús Misericordioso para revelar la frustrada negociación que durante los últimos cinco años llevó adelante el Arzobispado de Paraná con la congregación Hermanas Terciarias Franciscanas de la Caridad, que acabó en escándalo.

La Iglesia de Paraná quiso retener el uso del amplio edificio que supo ocupar el Asilo San Antonio, en Paraguay e Italia, pero en medio de las conversaciones, la operación inmobiliaria se cerró, de espaldas a las autoridades eclesiásticas locales.

El 14 de julio de2022 el arzobispo Juan Alberto Puiggari recibió una comunicación en la que las religiosas le informaron que el edificio que ocupó el viejo Asilo San Antonio, contiguo a La Piedad, fue vendido. La operación inmobiliaria quitó así a la Iglesia de varias dependencias y hasta de la casa habitación del párroco.

La venta fue el punto final que desató el enojo y el escándalo dentro de la Iglesia y fue consecuencia de un diálogo frustrado.

«Durante cuatro gestiones episcopales, desde monseñor (Adolfo Servando) Tortolo en adelante hasta hoy, y durante el ejercicio de ocho párrocos -yo soy el octavo- se ha intentado un diálogo pacífico para llegar a una solución con las hermanas de la Congregación Hermanas Terciarias Franciscanas de la Caridad, que tuvieron durante mucho tiempo el Hogar San Antonio. Ahora queda una sola, la hermana Carmen», dijo Haller.

«Ha sido un extraño procedimiento, por no usar otro adjetivo, de la congregación, con la cual ha sido imposible dialogar. Lo digo en primera persona, y no quiero entrar en detalles ahora, porque ustedes han venido a celebrar por otro motivo pero es necesario que sepan porque esto va a tomar curso público. No se ha podido dialogar y nos han informado que han vendido», explicó a la feligresía el sacerdote.

Después de aquella homilía de tono belicoso, llegó la batalla judicial.

A mediados de agosto de 2022 la Iglesia presentó una denuncia penal por el supuesto delito de usurpación contra el médico odontólogo Jorge Sapetti. El escrito, con el patrocinio del abogado Mario Martínez, fue firmado por el arzobispo Juan Alberto Puiggari, el párroco de Nuestra Señora de la Piedad, y un grupo de laicos, y procura que la Justicia dirima un conflicto de envergadura que se entabló, primero, entre la Iglesia local y la comunidad de las monjas Franciscanas Terciarias de la Caridad, y ahora con Sapetti, que desde 2021 tiene la titularidad del edificio.

Pero el Ministerio Público Fiscal desestimó la denuncia y la archivó.

La Fiscalía constató que no se verificó el delito de usurpación por parte de Sapetti, quien aportó documentación que prueba que adquirió ese inmueble, el cual le fue vendido por la comunidad Hermanas Franciscanas Terciarias de la Caridad, que supieron tener actividad en Paraná pero que ya no: sólo queda una sola religiosa que ocupa una segunda propioedad, que comparte con la casa parroquial de Nuestrra Señora de las Piedad.

«Que analizando el caso -dice la fiscal María Jimena Ballestero en su resolución-, y a los fines del juicio de adecuación corresponde subsumir el suceso denunciado en el delito de Usurpación -artículo 181 del Código Penal- figura que requiere para su configuración que el despojo ( total o parcial) de la posesión o tenencia de un inmueble se produzca por los medios enumerados taxativamente por la ley, esto es violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o clandestinidad». Pero esos presupuestos no se dieron en el caso del exAsilo San Miguel.

Luego del fracaso en sede penal, el Arzobispado de Paraná siguió la pela en el fuero civil.Pero en esa instancia está frenada la pretensión de Sapetti de conseguir el desalojo.«El inmueble de calle Italia 398 de Paraná es de titularidad de Jorge Claudio Sapetti. Anteriormente, pertenecía a la asociación civil Hermanas Terciarias Franciscanas de la Caridad. (escritura  pública de compraventa de fecha 23/04/2021)», dice en un fallo que firmó el 31 de marzo último la titular del Juzgado Civil y Comercial N° 2, Gabriela Rosana Sione. Pero la magistrada no se apoyó en la titularidad del inmueble a partir de una escritura de compra-venta para definir su futuro, sino en el testimonio de fieles que asisten a misa y que contaron «que el inmueble se ocupaba por distintos grupos de personas que realizaban actividades autorizadas por la Parroquia o el Arzobispado. Las referidas tareas se efectuaban regularmente con frecuencia semanal, variando el día en que cada grupo concurría. Los testigos ilustran que en el lugar se ubicaban los baños destinados al uso de los asistentes a las ceremonias religiosas. Por otra parte, con la demanda se acompaña facturas, recibos de obras de infraestructura y mantenimiento».

Aunque la propiedad es de Sapetti la jueza permitió que la Iglesia siguiera utilizando el edificio del exAsilo San Antonio en calidad de okupas.

Sapetti , dice la resolución de la jueza Sione, «acompañó escritura pública de compraventa del inmueble, en la cual se consignó que el bien se enajena libre de ocupación». Al edificio se lo vendió la congregación Hermanas Terciarias Franciscanas de la Caridad. «Apreciando las declaraciones de los testigos propuestos por ambas partes, si bien sus expresiones parecen contradictorias, acreditan el mantenimiento de un sector del bien y el otro sector está sin mantenimiento», detalla la resolución judicial.

Para hacer lugar al planteo de «interdicto de recobrar» que planteó el Arzobispado de Paraná en conjunto con la parroquia Nuestra Señora de la Piedad, la jueza Sione detalló: «Los testigos propuestos por la parte actora dan cuenta que el inmueble se ocupaba por distintos grupos de personas que realizaban actividades autorizadas por la Parroquia o el Arzobispado. Las referidas tareas se efectuaban regularmente con frecuencia semanal, variando el día en que cada grupo concurría. Los testigos ilustran que en el lugar se ubicaban los baños destinados al uso de los asistentes a las ceremonias religiosas».

Así, «reunidos los requisitos de procedencia, cabe hacer lugar a la pretensión de interdicto de recobrar interpuesta por el Arzobispado de Paraná y la Parroquia Nuestra Señora de la Piedad».  Entonces la jueza Sione condenó a Sapetti, dueño del edificio del ex Asilo San Antonio, «a que en el plazo de diez días de quedar firme la presente, proceda a la restitución de la tenencia del inmueble sito en calle Italia N° 398 esquina Paraguay de Paraná, libre de todo ocupante y de ocupación, bajo apercibimiento de realizarse su lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública».

Por ahora, la batalla judicial por ese predio de la Iglesia Católica sigue con final abierto.

Provinciales

Causa coimas: La Justicia admitió las excusaciones de dos jueces

Publicado

el

La Justicia hizo lugar a las excusaciones de dos magistrados para integrar el tribunal que juzgará por segunda vez al exgobernador Sergio Urribarri, al empresario Diego Armando Cardona Herreros y otros exfuncionarios del urribarrismo en la megacausa de las Coimas. Se trata de los vocales del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná Matilde Federik y Gervasio Labriola.

Labriola arguyó que intervino en otra causa del exgobernador, la investigación por enriquecimiento ilícito, y “en los incidentes por los cuales tramitan las medidas cautelares patrimoniales”  y aseguró que “no podría intervenir al mismo tiempo como juez del tribunal que tiene a su cargo juzgar los hechos atribuidos en la presente causa por un lado, y por otro lado continuar actuando como vocal de apelación en el marco de la causa N° 26585 donde aún no se ha sustanciado la etapa intermedia, porque no es aventurado considerar que podría presentarse la situación -muy particular por cierto- de tener que resolver -en grado de apelación- planteos vinculados con la legalidad o admisibilidad de las evidencias colectadas en el marco de dicha investigación, muchas de las cuales son idénticas a las que ya han sido admitidas para ser producidas en el juicio a llevarse a cabo en el marco de la presente causa”.

En tanto, Federik puso como motivación para su apartamiento como jueza el haber intervenido como fiscal de Coordinación en la causa Coimas. Al respecto, planteó que “de la lectura de la ley procesal surge claro que la previa intervención como funcionaria del Ministerio Público Fiscal, cualquiera que sea la misma, impide cualquier intervención como magistrada en la causa”.

El otro argumento que expuso es que “existe otra causal objetiva que impide su intervención, y se vincula con que su padre el abogado Julio Federik ejerce la defensa técnica del imputado Humberto Flores” por lo que concluyó que ambas circunstancias impiden su desempeño en la presente causa, y vuelven innecesario un trámite de excusación como el que se le ha obligado a imprimir.

El tribunal conformado por los jueces Alejandro Grippo, Rafael Cotorruelo y Carolina Castagno hizo lugar a las excusaciones de ambos magistrados.

A mediados de septiembre último, de momento es incierto cuándo se iniciará el segundo juicio oral que sentará en el banquillo al exgobernador Sergio Daniel Urribarri en la megacausa de las Coimas en la que tiene un pedido de condena de 10 años de cárcel, investigación en la que está involucrado el empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de la firma Relevamientos Catastrales SA y un lote de exfuncionarios del Ejecutivo, de los cuales uno, el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, logró zafar mediante juicio abreviado en el que aceptó haber cobrado sobornos.

El 1º de agosto el juez de Garantías Julián Vergara envió la causa a juicio, y lo que siguió fue la conformación del tribunal colegiado que sentará en el banquillo, por segunda vez, al exgobernador Urribarri, que ya fue  condenado a 8 años de prisión en el megajuicio. La Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), un organismo administrativo que depende de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), separó, motu proprio, a magistrados que consideró debían inhibirse por haber intervenido en el caso con anterioridad y dispuso que en el estrado deberían estar Alejandro Cánepa y María Carolina Castagno, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, y Rubén Chaia, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Uruguay.

Cánepa se excusó por cuanto fue el fiscal de la causa; también lo hizo Chaia, por entender que la OGA había seguido un camino de exclusión de magistrados «naturales» sin fundamento, tal cual dio cuenta Entre Ríos Ahora.

La seguidilla de apartamientos y exclusiones había planteado un panorama peculiar: ocho de los nueve integrantes del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná no podrían intervenir en el juicio por la megacausa Coimas. Esa había sido la decisión de la OGA.

El primer magistrado que quedó afuera de una eventual integración del tribunal es el vocal Santiago Brugo, por cuanto resolvió las apelaciones a las resoluciones que en la megacausa de las Coimas firmó el juez Vergara. También se excluyeron a sus colegas Mauricio Marcelo Mayer Matilde Federik y Juan Francisco Malvasio, quienes intervinieron, respectivamente, como juez de Garantías, Fiscal de Coordinación y vocal de juicio abreviado en la investigación.

También se excluyó a los vocales Gervasio Labriola, Alejandro Grippo y Rafael Cotorruelo, quienes resolvieron, el 10 de mayo de 2024, el planteo recusatorio en relación a la intervención de su colega Brugo.

La Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial resolvió entonces que el tribunal quedaría conformado de la siguiente manera:  Alejandro Joel Cánepa, vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná; Rubén Alberto Chaia, vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay; y María Carolina Castagno, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná. Pero esa integración no pudo ser. Chaia se bajó.

Entonces, se dispuso que el tribunal para juzgar a Urribarri en la megacausa Coimas quedará conformado por Gervasio Labriola (primer voto), Matilde Federik (segundo voto) y Carolina Castagno (tercer voto).

Otra vez hubo que barajar y dar de nuevo. La jueza Federik se inhibió. La magistrada arguyó que “existe un impedimento legal para intervenir como magistrada en la presente causa, en tanto tal como se señala, intervine anteriormente como parte (…) -Fiscal Coordinadora-, participando en una audiencia y suscribiendo un recurso de queja.  De la lectura de la ley procesal surge claro que la previa intervención como funcionaria del Ministerio Público Fiscal, cualquiera que sea la misma, impide cualquier intervención como magistrada en la causa. No se trata de una cuestión sujeta a apreciación -como ocurre con la intervención en instancias previas de la magistratura- por lo que entiendo que debí ser desinsaculada inmediatamente por el organismo administrativo”.

También los fiscales de la causa, Patricia Yedro y Gonzalo Badano, habían reprochado la decisión de la OGA de sacar y poner jueces  motu proprio. En un escrito, señalaron que “se sigue un camino completamente inverso al que corresponde, asumiendo que los potenciales jueces que han sido excluidos, se encuentran impedidos de actuar para lo cual se relevan anteriores intervenciones que en modo alguno representan un obstáculo para componer el tribunal de juicio o se aduce de manera genérica, sin brindar precisiones al respecto, que el magistrado ha actuado como fiscal. En efecto, cuando decimos que se ha tomado un camino contrario sostenemos que debió integrarse el tribunal desinsaculando a los magistrados Santiago Brugo, Juan Malvasio y Alejandro Cánepa, por surgir de las circunstancias de la causa que han intervenido como juez de apelación, juez de juicio abreviado y fiscal de coordinación, respectivamente, y realizar el correspondiente sorteo con el resto de los potenciales vocales para proceder con la pertinente integración. Una vez conformado el tribunal con aquellos jueces que no han tomado contacto con la prueba admitida, habilitar la respectiva instancia de excusación para que los magistrados seleccionados – en caso de entenderlo así – expongan los motivos por los que consideran que se encuentran impedidos de intervenir”.

La subdirectora de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), María Belén López Vargas, dio a conocer el martes 2 de septiembre una resolución en la que dice: “Atento al estado de las presentes actuaciones, la excusación formuladapor la  vocal N°2  Matilde Federik, y la excusación oportunamente efectuadapor el vocal N° 3 Alejandro Cánepa; corresponde integrar el Tribunal de Juiciopara resolver la incidencia con el vocal N°6  Alejandro Diego Grippo. Ello, conformelo previsto en el Punto II.5.b) del Reglamento para las Oficinas de Gestión de Audiencias de la provincia de Entre Ríos; quedando conformado en el siguiente orden: Gervasio Labriola -primer voto-,  Alejandro Grippo -segundo voto-, y  Carolina Castagno -tercer voto-“.

Pero otra vez hubo que barajar y dar de nuevo. Labriola se excusó de intervenir.

Este miércoles volvió a rearmarse el tribunal de la megacausa de las coimas y quedó integrada por Rafael Martín Cotorruelo, María Carolina Castagno, y Alejandro Diego Grippo.

Pero puede que no sea la integración definitiva, y así, entonces, el inicio del juicio en la megacausa de las Coimas seguirá en la indefinición.

Continuar leyendo

Lo más visto

Copyright © 2023 - Valle María Noticias | Creado por Entre Rieles