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Cayó la venta de medicamentos y podría impactar en la salud

Hubo una baja interanual del 4,6% en las ventas de medicamentos, según la Confederación Farmacéutica Argentina.

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Hubo una baja interanual del 4,6% en las ventas de medicamentos, según la Confederación Farmacéutica Argentina, en un contexto de fuertes aumentos de precios.

La Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) emitió un informe en el que da cuenta de que en diciembre de 2023 se registró una baja interanual del 4,6% en la venta de medicamentos. Uno de los motivos que influyó en este resultado, según se estima desde el sector, es la fuerte suba de precios en los fármacos: sólo en diciembre aumentaron 38,4% en promedio y triplicaron su valor en los últimos 12 meses, según un relevamiento de la consultora Indecom. Este fuerte incremento se dio en un contexto en el que se advierte una marcada pérdida de la capacidad de compra de muchos usuarios, de la mano de la caída del poder adquisitivo.

Consultado sobre esta situación, Emiliano, encargado de una tradicional farmacia de calle Alameda de la Federación, en Paraná, confirmó que ante la suba de precios en el rubro se observó una caída general en la demanda, y además se nota que mucha gente se vuelca a opciones más económicas, preguntando al personal del sector por alternativas de otras marcas o por los llamados medicamentos genéricos. Al respecto, precisó: “Bajó un poco la venta y hay gente que busca más que nada productos de laboratorios más económicos o preparados. Nosotros, por ejemplo, hacemos preparados de algunos medicamentos o algunas cremas, y prefieren algo más barato pero que contenga la misma droga y en la misma cantidad. Y hay clientes que nos llaman y nos preguntan si pueden tomar determinada marca menos costosa, ya que toman otra medicación y al cambiar al genérico quieren saber si no tiene contraindicación”.

Acerca de si hay verdaderamente una diferencia sustancial de precios, aseguró: “Sí hay diferencia, en algunos casos muy notoria. Por ejemplo, hay un genérico de un medicamento que llevan mucho, que es el Enalapril, que está algo de 2.000 pesos la tableta genérica, y ya si nos vamos al producto de laboratorio, cuesta entre 16.000 y 24.000 pesos. Y el efecto es el mismo”.

Se trata de un medicamento utilizado principalmente para tratar la hipertensión, que es una enfermedad crónica y debe ser suministrado de manera continua, según prescripción médica, pero de igual manera pasa con remedios que son de venta libre. Uno de los más solicitados es el Ibuprofeno, y sobre este producto Emiliano refirió: “En el caso de los medicamentos de venta libre no es tanta la diferencia de precios entre el laboratorio de marca y el genérico, pero igual muchos optan por comprar el más económico. En lo que es el Ibuprofeno, que es uno de los que más se demanda en medicamentos de venta libre, se solía llevar más el Actrón, que es una de las marcas más conocidas y actualmente cuesta entre 4.000 y 5.000 pesos, pero ahora muchos prefieren una tableta genérica que sale 1.000 pesos. En ese caso, optan por el genérico nomás y no por el medicamento de marca que llevaban antes”.

En este marco, el encargado de la farmacia comentó: “Siempre tratamos de asesorar a la gente que viene a buscar un medicamento. Por ejemplo, también las farmacéuticas le hacen recomendaciones a los clientes por el tema de la medicación. Por ejemplo, pasa con la Levotiroxina, que es para las personas con problemas de tiroides, que muchas personas llevaban antes la marca más cara y ahora quieren cambiarla para la más barata, pero la farmacéutica les explica que es un tratamiento en el que la medicación no es como en otros casos, que se puede cambiar sin problemas; como es crónica y se toma es todos los meses, tiene que ser la misma marca, porque aunque sean los mismos miligramos, la misma cantidad, puede generar un cambio al cuerpo”.

En cuanto a los aumentos, señaló: “Venían siendo muy de golpe, muy seguidos. Por ejemplo, antes nosotros recibíamos una suba una vez al mes, y generalmente eran los primeros días. Ya diciembre hubo medicamentos que aumentaron hasta cuatro veces y los incrementos fueron más del 100%. Pero, por ahora, lo que hemos notado es que este mes no han subido mucho ni de golpe, sino que se mantuvieron”.

Lo que sí mencionó el encargado de farmacia es que algunas obras sociales “han bajado la cobertura de varios medicamentos” ante la coyuntura actual.

Por su parte, Claudio Iriberri, referente de una farmacia en La Paz y secretario del Consejo Directivo del Colegio de Farmacéuticos de Entre Ríos, indicó a UNO: “Los números que dio a conocer la Confederación Farmacéutica Argentina la semana pasada tienen que ver con los datos de reposición básicamente de las farmacias en la cadena entre la droguería. Lo que nosotros entendemos por ahí es que no necesariamente esa caída de unidades esté vinculada a una caída directa en el mostrador, aunque sí vemos que mucha gente ha ido tratando de buscar alternativas que se adapten un poco más al bolsillo”.

En este contexto, señaló: “Por ahí lo que se ponía en duda frente a esta situación es si los pacientes estaban realmente continuando los tratamientos como lo venían haciendo, o han tenido que abandonarlos, en función de esta caída de unidades que demuestra el estudio de la Confederación Farmacéutica. Pero hoy por hoy nosotros entendemos que, si bien puede algo de eso repercutir en la atención al paciente, quizás por ahí el número no sea tanto como lo manifiesta el informe. Y el esfuerzo siempre está en las farmacias para que el paciente no abandone su tratamiento”.

En muchos casos, hay pacientes que piden muestras gratis a su médico, o se vuelvan directamente al sistema de salud pública. “Si bien son menores las unidades que se han vendido, por ahí está compensada”, dijo sobre este punto Iriberri, y observó: “Se ve el hecho de pacientes que tienen obra social o una Prepaga que prefieren ir a la Guardia del hospital, y de allí seguramente sale una receta que muchas veces o es entregada en la farmacia del hospital o bien vienen a la farmacia, pero ya compran un medicamento en base a la prescripción que se hace dentro de la Guardia, y por ahí va de la mano el genérico. Esto se ve mucho básicamente en el interior”.

Por último, comentó que, buscando abaratar costos, “la gente aprovecha muchísimo las billeteras electrónicas en las farmacias”, y concluyó: “Se usan las tarjetas de crédito y también billeteras electrónicas durante los días que brindan algún tipo de promoción. Y en muchos casos aprovechan básicamente para comprar aquello que no tiene cobertura de la obra social”.

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Rechazan reclamo salarial del juez Baridón

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El Poder Ejecutivo rechazó el reclamo de pago de una diferencia salarial a favor del juez Marcelo Javier Baridón, integrante de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná, un litigio que encararon varios miembros del Poder Judicial pero que se encontraron con el mismo revés: el Gobierno no reconoce adeudar diferencia alguna por aplicación de la Ley de Emergenia que estuvo vigente durante la última pandemia de coronavirus, en cuyo lapso se suspendió la aplicación de acuerdos salariales en paritaria y también la Ley de Enganche de los judiciales.

Un dictamen de Fiscalía de Estado se apoya en un decreto del año 2023 del Ministerio de Economía «en el marco del cual los diferentes estamentos del Poder Judicial y representantes gremiales del sector, luego de haber analizado la proyección presupuestaria y financiera, acordaron con el Poder Ejecutivo un incremento total y remunerativo del 24% para personal del Poder Judicial, porcentaje que se liquidó por un código separado y escalonado: 8% con los
haberes de octubre de 2023, 16% con los haberes de noviembre de 2023 y 24% con los haberes de diciembre de 2023. Dicho incremento del 24% se integra a la base del salario sobre los que se calcularán futuros aumentos que disponga la Corte Suprema de Justicia a partir del año 2024 (Artículos 1º y 2º). Ergo, no hay mandato legal del Estado Entrerriano para restituir el 25,57%, ni mucho menos retroactivo, porque no existe deber expresado en norma alguna, ni tampoco  compromiso asumido en ningún acto administrativo».

El planteo de Baridón corrió la misma suerte que el resto de las presentaciones individuales o coletivas del Poder Judicial.

En julio último se había conocido la decisión del Poder Ejecutivo de rechazar un planteo hecho en 2023 por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) para que se “devuelva” a los empleados de la Justicia y también del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos la diferencia salarial entre lo que fijó la Corte por imposición de la Ley de Enganche y los incrementos que otorgó el Gobierno durante la vigencia de la Ley de Emergencia a lo largo de la pandemia de coronavirus.

A ese planteo se habían sumado la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial, la Asociación Judicial de Entre  Ríos y la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN):  pedían que se analice la posibilidad de “devolverles a agentes y funcionariado del Poder Judicial entrerriano y del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos” los incrementos salariales otorgados por las acordadas de la Corte Nº 24/20 (10%), Nº 40/20 (10%), Nº 3/21 (7,5%), Nº 9/21 (10%) y Nº 9/21 (9%) conforme la denominada Ley de “Enganche” Nº 10.068, durante el plazo en que estuvo vigente la Ley de Emergencia Provincial Nº 10.806.

En sus presentaciones, señalaron que durante la emergencia, desde el 1° de julio de 2020 al 30 de junio de 2021, los aumentos otorgados por la Corte ascendieron al 55,96%, mientras que los aumentos que el Poder Ejecutivo le otorgó al Poder Judicial y al Tribunal de Cuentas fue  solamente del 24,2%, por lo que resultaría una diferencia a su favor de 25,57%. Plantearon en sus escritos que, una vez finalizada la vigencia de la Ley de Emergencia Provincial, no les fue restituida esta diferencia.

En realidad, aún con esa posición y los dictámenes a favor de la constitucionalidad de la Ley de Emergencia y de la restricción a las paritarias durante la pandemia, lo cierto es que a finales de 2022 hubo un acuerdo y el Gobierno «devolvió» parte de esa quita con la restitución a los judiciales de un 24%. Fue una restitución gradual.

La constitucionalidad de aquella Ley de Emergencia fue refrendada por pronunciamientos judiciales, y así el decreto N° 1.339, del 12 de junio último que rechazó la pretensión del STJ, cita que en 2021 en la causa “Asociación Judicial de Entre Ríos – AJER – c/Estado Provincial y Otra s/Acción de Inconstitucionalidad” se sostuvo que “la detracción que sufrieron los haberes no resultó confiscatoria ni desproporcionada, que no implicó una violación al artículo 17º Constitución Nacional, que las disminuciones fueron para el futuro y sin ocasionar una alteración sustancial del contrato de empleo público y que la aplicación de los Artículos 4º, 6º y 10º de la Ley Nº 10.806 que no ha conculcado las garantías y derechos constitucionales, que su aplicación sobre los haberes de actividad o previsionales no contrarían disposiciones superiores del ordenamiento jurídico constitucional”.

Además, un dictamen de la Fiscalía de Estado planteó que durante la vigencia de la Ley de Emergencia –en la administración del exgobernador Gustavo Bordet- quedaron suspendidas los mecanismos de actualización salarial. El decreto cita lo que señaló Fiscalía en el sentido de que “mediante Ley Nº 10.806, denominada ´Ley de Emergencia´, se estableció – entre otras estipulaciones – que durante su vigencia y su prórroga si la hubiere, queda suspendida la aplicación de todos los dispositivos de actualización de haberes instituidos por cualquier normativa que alcance a los tres poderes del Estado Provincial, sus entes descentralizados, autárquicos, autónomos, empresas y sociedades del Estado, quedando sujetos a los incrementos que dispusiere el Poder Ejecutivo de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias en el marco de las paritarias a celebrarse”.

Así, el Poder Ejecutivo dictó los decretos Nº 174, del 24 de febrero de 2021, y Nº 1805, del 15 de julio de 2021. Por el primero de ellos, otorgó a partir del 1º de febrero de 2021, un 15% de incremento aplicable sobre los haberes correspondientes al mes de septiembre de 2020, conforme a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 10.806, ello para el escalafón judicial y Tribunal de Cuentas. Por el segundo de los citados decretos, el Poder Ejecutivo otorgó a partir del 1º de julio de 2021 un 8% de incremento, aplicable sobre los haberes correspondientes al mes de febrero de 2021, ello para el escalafón judicial y Tribunal de Cuentas. “Es decir que ambos decretos concretaron la norma del artículo 10º de la Ley de Emergencia que dispuso la suspensión del mecanismo de actualización y en su reemplazo estableció incrementos otorgados por el Poder Ejecutivo en el marco de paritarias”, señala la norma.

El dictamen de Fiscalía de Estado abunda en más argumentos y añade que “el artículo 10º de la Ley de Emergencia Nº 10.806 es harto elocuente al suspender todo mecanismo de actualización de los haberes instituido por cualquier normativa, por lo que tanto los haberes del escalafón magistratura, funcionariado del Poder Judicial y Tribunal de Cuentas de Entre Ríos quedaron alcanzados por los efectos de dicha suspensión. Por tal razón, en principio, no existe deber legal del Estado Provincial de abonar diferencias de incrementos entre los consagrados por las sucesivas acordadas de la Corte (Ley de Enganche) y los establecidos por decreto del Poder Ejecutivo Provincial durante todo el plazo en que la Ley Nº 10.806 estuvo vigente”.

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