Costa Grande
Vecinos insisten con el amparo ante el STJ
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Los vecinos de Costa Grande, que buscan a través de un recurso de amparo conseguir que se prohíba en Entre Ríos la utilización de la broza como material para mejorado de calles y caminos -en base, según arguyen, a los problemas de salud que generaría el uso de ese material- llegaron al Superior Tribunal de Justicia (STJ), luego del revés que tuvieron en primera instancia. El juez Gustavo Roman Pimentel, vocal de la Cámara de Casción Penal les denegó el planteo.
La Justicia rechazó por inadmisible la acción de amparo presentada por un grupo de vecinos de Costa Grande, en el departamento Diamante, que reprochó la autorización para que una empresa extrajera de una cantera broza de la zona, y además pidieron que se prohíba en Entre Ríos la utilización de ese material para el acondicionado de rutas y calles bajo el argumento del daño a la salud que provocaría.
«Como se ha reseñado, no puede negarse que previo al acto administrativo que se cuestiona, han intervenido diversas áreas técnicas, emitiendo los informes que fueran requeridos e instados por la Administración en cumplimiento de pautas reglamentarias o ante presentaciones de la accionante; sumado a que, más allá de las críticas de la amparista, no sólo existió participación ciudadana, sino que se tuvo en cuenta la adecuación del camino propuesto, a fin de que no afectara a los vecinos», señaló en su fallo en juez Gustavo Román Pimentel, vocal de la Cámara de Casación Penal de Paraná.
“No puede el Poder Judicial a través de sus fallos asumir funciones derivadas de las competencias propias del poder ejecutivo administrador, cuyos actos se presumen legítimos, salvo grave vicio de ilegitimidad; circunstancia que no luce acreditada en el presente», marcó el magistrado, retomando los términos de un fallo anterior en el mismo asunto. Y agregó: entiendo que debe rechazarse la acción instaurada por no reunir los requisitos de admisibilidad ni procedencia que han sido analizados”.
El fallo fue en respuestas al amparo presentado por un grupo de vecinos de Costa Grande que había solicitado en la Justicia la “suspensión inmediata de todas las actividades de extracción, transporte y uso del material denominado ´broza´ en el territorio provincial hasta tanto se realicen los estudios científicos correspondientes sobre su composición, efectos en la salud y se determine la inocuidad de su uso”.
En el amparo ambiental, pidieron, además, la nulidad de un certificado de aptitud ambiental otorgado por el Gobierno a la firma Gassmann para la extracción de broza en Costa Grande y que se “ordene al Estado Provincial la elaboración de un marco regulatorio integral que prohíba el uso de material broza en zonas habitadas hasta tanto no se demuestre científicamente su inocuidad”.
Los vecinos, representados por la abogada Alda Sasia, peticionaron además que se ordene la “realización de estudios epidemiológicos y ambientales independientes sobre los efectos del material broza en la salud pública y los ecosistemas”. Y que se lleve adelante “un plan de remediación para las áreas ya afectadas y un programa de monitoreo sanitario para las poblaciones expuestas”.
Martín Rettore, fiscal adjunto de la Fiscalía de Estado, analizó que el juez Pimentel “ha hecho un análisis bastante exhaustivo y creemos correcto de las posturas que ambas partes llevamos a juicio y, ha decidido rechazar la acción de amparo”.
En declaraciones al programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7, Rettore observó que “es una facultad propia del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Ambiente, otorgar la aptitud ambiental a una cantera, en este caso. Se cumplieron todos los pasos previos. Se originó un expediente administrativo, se convocó a la participación ciudadana y en virtud del análisis de todas esas circunstancias, la Secretaría de Ambiente le otorgó el certificado de aptitud ambiental. Sobre eso, el juez recata en su sentencia que dentro de ese expediente administrativo, que es el ámbito natural donde habría que discutir estas situaciones, las partes que tuvieron intervención no hicieron uso de ninguno de los recursos previstos por la Ley de Procedimientos Administrativo para objetar o impugnar ese acto administrativo que otorga el certificado ambiental. Estamos muy conformes con la sentencia, creemos que es ajustada a derecho”.
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Costa Grande
Fiscalía de Estado pide rechazar el amparo de los vecinos por la broza
Publicado
hace 2 semanasel
12 de septiembre de 2025
La Fiscalía de Estado pidió a la Justicia que rechace por «inadmisible» la acción de amparo ambiental presentada por un grupo de vecinos de Costa Grande, en el departamento Diamante, y que no sólo cuestionan el otorgamiento del certificado de aptitud ambiental de una cantera que extrae broza en esa zona sino que además se prohíba en el todo el territorio provincial la utilización de ese material en el mejoramiento de calles y caminos rurales.
La presentación ante la Cámara de Casación Penal -que tramita el amparo- sostiene que «si se hace lugar a la demanda, estaríamos en presencia no de un acto de justicia sino del dictado o modificación de las normas que regulan la materia ambiental, o del dictado/modificación de resoluciones administrativas. En ambos casos se incurriría en violación de la forma republicana de gobierno, lo cual conllevaría que quien ejerza la magistratura se transforme en poder legisferante o en administración pública, transgrediéndose los artículos 1º y 5º de la Carta Magna Nacional»
El informe de Fiscalía de Estado incorpora un informe del geólogo Ricardo Iturriza, de la Dirección de Desarrollo Minero, que rechazó la posibilidad de prohibir el uso de la broza en la provincia por cuanto entendió que «antes de considerar medidas de suspensión, corresponde llevar adelante una evaluación técnica y científica integral que determine con precisión las condiciones de uso del material, los riesgos asociados y las medidas de mitigación que resulten necesarias».
Martín Retorre, fiscal de Estado Adjunto, explicó la posición oficial.
“No es un planteo novedoso. Ya hemos tenido otras presentaciones que persiguen la prohibición del uso de broza. Lo novedoso acá es la pretensión que persiguen que es la prohibición del uso de broza, que aparece como muy genérica y muy amplia. Y pide la nulidad de un certificado de aptitud ambiental que se otorgó a una cantera. Ante este tipo de planteos, desde Fiscalía de Estado pedimos informes a las áreas técnicas responsables, Desarrollo Minero y Medio Ambiente”, destalló.
En Medio Ambiente “se llevó adelante un proceso administrativo que culminó con un certificado ambiental para una cantera. Hubo una instancia de consulta popular, de participación ciudadana, en la cual los vecinos, algunos que firman este amparo, estuvieron. Y después vemos abandonan la vía administrativa por la cual venía transitando toda esta cuestión y migran a la cuestión del amparo ambiental y pasan al Poder Judicial a los efectos por ahí pretender torcer una decisión administrativa que a todas luces es y conforme a derecho. Pretenden que el Poder Judicial revise o acomode la legislación a su pretensión”.
-¿Hay chances de que la Justicia dé cabida al planteo de los vecinos?
-Yo creo que no están dadas las condiciones para que se dicte una sentencia en ese sentido. Tampoco creemos que pueda prosperar el pedido de prohibición del uso de broza. Me parece que una resolución de ese tipo sería por lo menos desmedida. La defensa que nosotros hemos planteado es que la Administración actuó conforme a derecho, de acuerdo a lo que la ley ordena. Estamos dando todas las explicaciones pertinentes, porque las personas que firman el amparo han tenido participación en el expediente administrativo y es una de las cuestiones que nosotros discutimos también porque el amparo es una acción expedita, rápida, heroica y excepcional. Y en este caso, hay un expediente administrativo que estaba transitando y decidieron abandonarlo para cruzar a la vía judicial.
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